jueves, 11 de junio de 2009
El informe de Comptos sobre Huarte
Huarte se suma al carro
miércoles, 10 de junio de 2009
Etayo en los medios
martes, 9 de junio de 2009
Novedades en Etayo
jueves, 4 de junio de 2009
EL JUEZ CONDENA SÓLO A GALIPIENZO Y SU TESTAFERRO
En la sentencia, notificada hoy, el magistrado también ha condenado a José Luis Ruiz Bartolomé, como cooperador necesario de un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos, con la concurrencia de la atenuante analógica de dilaciones indebidas, a la pena de multa de 4 meses con cuota diaria de 25 euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y suspensión para empleo o cargo público por 7 meses.
El juez, por otra parte, ha absuelto a Galipienzo y Ruiz Bartolomé del delito de cohecho por el que estaban acusados, y asimismo ha absuelto al resto de acusados.
FALLO
Que debo absolver y absuelvo a don Ignacio Galipienzo Jiménez del delito de cohecho del que venía siendo acusado, con declaración de las costas de oficio.
Que debo condenar y condeno a don Ignacio Galipienzo Jiménez, como autor responsable de un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos, previsto en el art. 441 del Código Penal, con la concurrencia de la atenuante analógica de dilaciones indebidas, a la pena de multa de 7 meses con una cuota diaria de 150 euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de 1 año y 3 meses, así como al pago de las costas causadas en este delito incluidas las de la acusación particular.
Que debo condenar y condeno a don Ignacio Galipienzo Jiménez, como autor responsable de un delito de prevaricación previsto en el art. 320.2 del Código Penal, con la concurrencia de la atenuante analógica de dilaciones indebidas, a la pena de prisión de 1 año e inhabilitación especial para empleo o cargo público por 8 años, así como al pago de las costas causadas en este delito incluidas las de la acusación particular.
Que debo absolver y absuelvo a don José Luis Ruiz Bartolomé del delito de cohecho del que venía siendo acusado, con declaración de las costas de oficio.
Que debo condenar y condeno a don José Luis Ruiz Bartolomé, como cooperador necesario de un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos previsto en el art. 441 del Código Penal en relación con el artículo 65.2 del CP, con la concurrencia de la atenuante analógica de dilaciones indebidas, a la pena de multa de 4 meses con cuota diaria de 25 euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y suspensión para empleo o cargo público por 7 meses, así como al pago de las costas causadas en este delito incluidas las de la acusación particular.
Que debo absolver y absuelvo a doña Nuria Alas Brun del delito de cohecho y del delito de prevaricación de los que venía siendo acusada, con declaración de las costas de oficio.
Que debo absolver y absuelvo a don Emilio Izquierdo Jiménez del delito de cohecho del que venía siendo acusado, con declaración de las costas de oficio.
Que debo absolver y absuelvo a doña María Concepción Flores González del delito de cohecho del que venía siendo acusada, con imposición a la acusación popular de las costas derivadas únicamente del acto del juicio oral por su temeridad al mantener la acusación.
Que debo absolver y absuelvo a don Jesús Marco del Rincón del delito de cohecho del que venía siendo acusado, con declaración de las costas de oficio.
Que debo absolver y absuelvo a don Luis Galo Barahona Alvarez del delito de cohecho del que venía siendo acusado, con imposición a la acusación popular de las costas derivadas únicamente del acto del juicio oral por su temeridad al mantener la acusación.
Se hace reserva expresa de las acciones que pudieran corresponder al M.I. Ayuntamiento del Valle de Egües como perjudicado por las licencias otorgadas por el Sr. Galipienzo sobre la parcela S.2.2.
Esta resolución no es firme, sino que la misma es susceptible de recurso de apelación ante este Juzgado dentro de los diez días siguientes a su notificación, cuyo conocimiento corresponderá a la Audiencia Provincial de Navarra.
viernes, 29 de mayo de 2009
EUROPA TAMBIÉN RECLAMA PENAS PARA LOS CORRUPTORES
miércoles, 20 de mayo de 2009
Una de autobombo
Tras dos semanas en internet, hoy toca una de autobombo. Hemos rebasado los dos millares de visitantes y continuamos haciendo amigos y amigas en facebook. Por supuesto, seguimos recibiendo correos de personas que nos leen y nos ponen en pista sobre nuevos casos de corrupción. En unos días daremos a conocer nuevas investigaciones y a recuperar temas pasados pero que aún están en los tribunales como es el Canal de Navarra, proyecto en el que UPN sigue gastando dinero de las arcas forales.
Por otro lado, de momento queremos dar las gracias a todas las personas que nos siguen a través del facebook. Políticos navarros como el parlamentario Maiorga Ramírez, los concejales de Pamplona Itziar Gómez o Aritz Romeo, el concejal de Antsoain Patxi Leuza o políticos de la CAV como Aintzane Ezenarro, Dani Maeztu, Oxel Erostarbe, Oxkar Matute o Mikel Arana.
También nos sigue Juan Carlos Longas, director del departamento de Economía de la UPNA, periodistas como Fernando Urra, David Pejenaute (estuvo de contertulio en Pasalo) y Javier Domínguez (Txistorra Digital y de Radio Euskadi) o el director del Planetario de Pamplona, Javier Armentia.
Gracias a todos. Nosotros seguiremos al pie del cañon.






