viernes, 2 de octubre de 2009
El PP y UPN
miércoles, 24 de junio de 2009
Consejos vendo y para mí no tengo
martes, 23 de junio de 2009
Huarte, en el disparadero
miércoles, 17 de junio de 2009
Otro alcalde absuelto por prevaricación
La sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona, frente a la que cabe interponer recurso de apelación, basa la absolución en la aplicación del derecho a la presunción de inocencia y en la falta de pruebas. En el juicio, celebrado el 15 de enero, el Ministerio Fiscal había solicitado una pena de ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por considerar a Larrea autor de un delito de prevaricación.
Sin embargo, la sentencia establece que, pese a la existencia de "una inobservancia del procedimiento establecido", el acusado no sólo "no era conocedor de la irregularidad" sino que "pensó que si los técnicos no ponían reparos a la actuación, era porque ésta era ajustada a derecho". Los hechos se iniciaron cuando Casimiro Larrea, elegido por IUN-NEB, decidió a partir de febrero de 1998 crear una sociedad urbanística municipal denominada Iturgain, que fue aprobada por el pleno del Ayuntamiento el 29 de mayo de ese año e inscrita en el Registro Mercantil cuatro meses después, con el alcalde como presidente y consejero delegado.
Iturgain, para cuya gestión se firmó un contrato con la empresa Aranade SL, promovió en el 2002 en el sector denominado "Mendikur" la construcción de dos fases de viviendas, una de 216 de protección oficial y otra de 210 de protección oficial y libre tasada.
Para esa primera fase de 216 viviendas se presentaron 777 solicitudes y las adjudicaciones se realizaron, como establecía entonces la legislación vigente en Navarra, de acuerdo con los criterios de selección establecidos por los promotores, aunque posteriormente 77 personas renunciaron a la compra de la vivienda asignada por diversos motivos, con lo que se volvieron a adjudicar.
Tras estos hechos, el alcalde reconoció en un pleno municipal, ante las preguntas de un concejal, que se habían adjudicado esas dos viviendas "a dedo", ante lo cual el departamento de Vivienda del Gobierno de Navarra pidió una documentación que no le fue remitida tras alegar que se había destruido.
La actuación del alcalde, según subraya la sentencia, "no se ajustó al procedimiento administrativo, fundamentalmente porque se decidió una adjudicación de vivienda sin expediente administrativo previo", por lo que establece que "hubo una irregularidad en el hecho en sí de adjudicar las dos viviendas" y "también en la forma".
Pero también asegura que "no puede identificarse de forma automática la omisión del procedimiento con la calificación de los hechos como un delito de prevaricación".
En este caso, explica la resolución judicial, "el acusado reconoce los hechos, que además están perfectamente documentados, pero alega en su defensa que actuó sin interés espúreo y en el convencimiento de la legalidad de su actuación, aceptando como dato no controvertido que no hubo beneficio personal en su actuación".
Además tiene en cuenta que en la junta en la que se formalizaron las dos adjudicaciones "estaban presentes al menos dos abogados, el secretario y el asesor de Aranade" y "ninguno advirtió de la presunta irregularidad".
Este dato "objetivo" avala la declaración de inocencia del acusado, a juicio del tribunal, que decide por tanto aplicar el principio "in dubio pro reo" al considerar que no se puede suponer que el acusado actuara "a sabiendas".
jueves, 11 de junio de 2009
El informe de Comptos sobre Huarte
Huarte se suma al carro
miércoles, 10 de junio de 2009
Etayo en los medios
martes, 9 de junio de 2009
Novedades en Etayo
jueves, 4 de junio de 2009
EL JUEZ CONDENA SÓLO A GALIPIENZO Y SU TESTAFERRO
En la sentencia, notificada hoy, el magistrado también ha condenado a José Luis Ruiz Bartolomé, como cooperador necesario de un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos, con la concurrencia de la atenuante analógica de dilaciones indebidas, a la pena de multa de 4 meses con cuota diaria de 25 euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y suspensión para empleo o cargo público por 7 meses.
El juez, por otra parte, ha absuelto a Galipienzo y Ruiz Bartolomé del delito de cohecho por el que estaban acusados, y asimismo ha absuelto al resto de acusados.
FALLO
Que debo absolver y absuelvo a don Ignacio Galipienzo Jiménez del delito de cohecho del que venía siendo acusado, con declaración de las costas de oficio.
Que debo condenar y condeno a don Ignacio Galipienzo Jiménez, como autor responsable de un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos, previsto en el art. 441 del Código Penal, con la concurrencia de la atenuante analógica de dilaciones indebidas, a la pena de multa de 7 meses con una cuota diaria de 150 euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de 1 año y 3 meses, así como al pago de las costas causadas en este delito incluidas las de la acusación particular.
Que debo condenar y condeno a don Ignacio Galipienzo Jiménez, como autor responsable de un delito de prevaricación previsto en el art. 320.2 del Código Penal, con la concurrencia de la atenuante analógica de dilaciones indebidas, a la pena de prisión de 1 año e inhabilitación especial para empleo o cargo público por 8 años, así como al pago de las costas causadas en este delito incluidas las de la acusación particular.
Que debo absolver y absuelvo a don José Luis Ruiz Bartolomé del delito de cohecho del que venía siendo acusado, con declaración de las costas de oficio.
Que debo condenar y condeno a don José Luis Ruiz Bartolomé, como cooperador necesario de un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos previsto en el art. 441 del Código Penal en relación con el artículo 65.2 del CP, con la concurrencia de la atenuante analógica de dilaciones indebidas, a la pena de multa de 4 meses con cuota diaria de 25 euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y suspensión para empleo o cargo público por 7 meses, así como al pago de las costas causadas en este delito incluidas las de la acusación particular.
Que debo absolver y absuelvo a doña Nuria Alas Brun del delito de cohecho y del delito de prevaricación de los que venía siendo acusada, con declaración de las costas de oficio.
Que debo absolver y absuelvo a don Emilio Izquierdo Jiménez del delito de cohecho del que venía siendo acusado, con declaración de las costas de oficio.
Que debo absolver y absuelvo a doña María Concepción Flores González del delito de cohecho del que venía siendo acusada, con imposición a la acusación popular de las costas derivadas únicamente del acto del juicio oral por su temeridad al mantener la acusación.
Que debo absolver y absuelvo a don Jesús Marco del Rincón del delito de cohecho del que venía siendo acusado, con declaración de las costas de oficio.
Que debo absolver y absuelvo a don Luis Galo Barahona Alvarez del delito de cohecho del que venía siendo acusado, con imposición a la acusación popular de las costas derivadas únicamente del acto del juicio oral por su temeridad al mantener la acusación.
Se hace reserva expresa de las acciones que pudieran corresponder al M.I. Ayuntamiento del Valle de Egües como perjudicado por las licencias otorgadas por el Sr. Galipienzo sobre la parcela S.2.2.
Esta resolución no es firme, sino que la misma es susceptible de recurso de apelación ante este Juzgado dentro de los diez días siguientes a su notificación, cuyo conocimiento corresponderá a la Audiencia Provincial de Navarra.
viernes, 29 de mayo de 2009
EUROPA TAMBIÉN RECLAMA PENAS PARA LOS CORRUPTORES
miércoles, 20 de mayo de 2009
Una de autobombo
Tras dos semanas en internet, hoy toca una de autobombo. Hemos rebasado los dos millares de visitantes y continuamos haciendo amigos y amigas en facebook. Por supuesto, seguimos recibiendo correos de personas que nos leen y nos ponen en pista sobre nuevos casos de corrupción. En unos días daremos a conocer nuevas investigaciones y a recuperar temas pasados pero que aún están en los tribunales como es el Canal de Navarra, proyecto en el que UPN sigue gastando dinero de las arcas forales.
Por otro lado, de momento queremos dar las gracias a todas las personas que nos siguen a través del facebook. Políticos navarros como el parlamentario Maiorga Ramírez, los concejales de Pamplona Itziar Gómez o Aritz Romeo, el concejal de Antsoain Patxi Leuza o políticos de la CAV como Aintzane Ezenarro, Dani Maeztu, Oxel Erostarbe, Oxkar Matute o Mikel Arana.
También nos sigue Juan Carlos Longas, director del departamento de Economía de la UPNA, periodistas como Fernando Urra, David Pejenaute (estuvo de contertulio en Pasalo) y Javier Domínguez (Txistorra Digital y de Radio Euskadi) o el director del Planetario de Pamplona, Javier Armentia.
Gracias a todos. Nosotros seguiremos al pie del cañon.
martes, 19 de mayo de 2009
ANDRÉS PERCAZ: "UNA SENTENCIA QUE DEJE LIBRE A LOS EMPRESARIOS SUPONDRÁ LA RECALIFICACIÓN INMEDIATA DE LA PARCELA"
- ¿Cree que habrá una condena ejemplar en este juicio?
La verdad es que creo que no porque considero que una sentencia ejemplar sería aquella que condenara no sólo a Galipienzo y a sus técnicos, sino también a los empresarios que le pagaron. Sospecho que la sentencia dejará fuera a estos y lo sospecho por la aptitud del fiscal y la acusación del ayuntamiento que, pese a reconocer en sus conclusiones que hubo cohecho, no han pedido penas por ese delito. Ellos mismos reconocieron que Galipienzo había adquirido el compromiso de recalificar la parcela y que había cobrado por ello, e incluso el abogado del Ayuntamiento mostró sus dudas de que los pagos no hubieran sido concertados y compartidos por Flores y Aricam, pero, pese a todo, no mantienen los cargos.
- ¿Entonces la sentencia no abarcará tanto a corruptos como a corrompedores?
Está en manos del juez, pero desde luego por los planteamientos del Ministerio Fiscal no será así. Separar la acusación en dos partes, negociaciones prohibidas y prevaricación, rebaja las peticiones de pena y no engloba el delito de cohecho pese a que, como ya he dicho, el propio fiscal reconocía indicios claros que apuntan a ese delito. Es decir, en el planteamiento formal de la causa separa esas dos prácticas para evitar reconocer la existencia del cohecho (que es lo que nosotros hemos denunciado), pero en sus consideraciones finales las une conformando, precisamente, la tipología de ese delito
- Y si no se da esa condena ejemplarizante, ¿sería una decepción?
Desde el punto de vista personal y como ciudadano sí porque sería la prueba de que, una vez más, quedarían impunes los corrompedores. La verdadera naturaleza de este juicio, el hecho diferencial, era que por primera vez se sentaban en el banquillo los que cobraron y los que pagaron, dejar sin responsabilidad a estos últimos sería, a nuestro entender, una muy mala praxis.
Desde el punto de vista profesional no podríamos hablar de decepción porque el proceso se ha llevado bien, hemos superado los intentos que ha habido por sacarnos de él y, al final, hemos podido defender nuestras tesis. Ahora todo está en manos del juez que tiene mucho margen para decidir.
- ¿Se recurrirá una sentencia desfavorable?
Habría que estudiarlo, no es cuestión de recurrir por recurrir. Habría que acreditar que el juez se ha equivocado en sus valoraciones y habría que sustentar en qué erró. Adelantar que va a pasar sin tener la sentencia delante es algo que no podemos hacer.
- ¿Qué conclusiones saca de las cuatro sesiones que ha durado el proceso?
En líneas generales el juicio ha sido muy positivo. En el plano político ha servido para dar continuidad a una comisión de investigación como la que en su día celebró el Parlamento de Navarra y que se cerró en falso como reconocieron los propios socialistas gracias a la mayoría absoluta con la que entonces contaban UPN y CDN.
En cuanto a lo judicial, ha sido muy importante poder debatir sobre las pruebas presentadas, sobre lo que ocurrió y como ocurrió. A nuestro juicio ha quedado acreditada la existencia de un delito de cohecho y creemos que es ineludible responsabilizar de él no sólo a quien cobró, sino también a quien pagó para conseguir ilegalmente una oportunidad de negocio.
- ¿Cual de todas las pruebas presentadas cree que es la más esclarecedora?
A mi juicio, el testimonio de los dos policías forales que siguieron la investigación porque avalaron nuestras tesis y sorprendieron tanto a la Fiscalía como a la defensa del ayuntamiento. El primero certificó que el dinero pagado por Aricam, es decir por Galo Barahona y Emilio Izquierdo, no se ajustaba a ningún tipo de trabajo específico desarrollado por Galipienzo para Aricam. Las facturas no se correspondían con tareas específicas encargadas por esa compañía a uno de sus asalariados, lo que deja claro que esos pagos eran parte de la comisión acordada por Galipienzo para la recalificación del terreno. Eso lo mantuvo también el segundo de los policías, que aseguró ante el tribunal que su opinión es que los pagos estaban íntimamente ligados a esta operación.
Otra de las pruebas fundamentales fue que Conchita Flores declaró en hasta tres ocasiones que sabía que la parcela era escolar. Que de repente aparezca una recalificación parcial y ella acceda a vender tras esa recalificación pagando además una comisión a un intermediario, demuestra que su compañía participó en la manipulación y pagó por conseguir una recalificación que sabía que no podía tener.
- ¿Cómo valora la actuación del Ministerio Público?
Como sorprendente. Desde el principio y con el planteamiento de la cuestión previa, nos quiso sacar a nosotros del proceso para que no se fundamentara una petición de pena más ajustada a los hechos que la que el ministerio solicitó. Y eso queda demostrado, como ya he dicho, en la calificación final de los hechos en la que la propia fiscalía reconoce que se dieron las bases fundamentales de un delito de cohecho, aunque no pidió las pertinentes penas.
- ¿Y de las defensas?
Creo que han hecho todo lo que han podido para defender a sus clientes.
- Enfrentarse a abogados del caché de los defensores de Flores o Izquierdo imagino que es un aliciente.
Es un reto que obliga a estar más atentos al desarrollo del juicio puesto que enfrentarte a litigadores de tanta experiencia exige alerta permanente, sobre todo el primer día, cuando plantearon y justificaron la petición de que nosotros fueramos apartados del proceso como acusación popular.
Sin embargo, también creo que tanto nombre y caché no es garantía de nada puesto que al final nosotros seguimos en el juicio y algunas de las pruebas testificales creo que se les volvieron a ellos en contra. Me refiero básicamente a dos: el testimonio de Manuel Álvarez, el responsable de Salud Laboral 3000, que no fue capaz de aclarar ante el juez su responsabilidad y la de sus jefes de Aricam en el proceso de recalificación, y la del anterior alcalde de Egüés que reconoció que ya se le había advertido a Flores que no se podía cambiar la calificación de la parcela.
- ¿Qué se ha quedado en el tintero en este juicio?
A mi juicio dos cosas. La primera, la responsabilidad real de Aricam en este delito y el fin último que trataban de dar a la parcela. Uno de sus socios, Javier Troyas, hubo de reconocer ante el tribunal que finalmente se iba a dividir la parcela en 188 más pequeñas para construir en ellas viviendas, a pesar de que ellos las llamen apartamentos.
En segundo lugar, la prestación de falsos testimonios ante el juez. Es el caso de Manuel Álvarez y Marco Antonio Caballero, gestores de Salud Laboral 3000, contra quienes hemos pedido la apertura de un proceso por falso testimonio. Ellos fueron los artífices de la compra de la parcela a Flores y de su venta a Aricam a través de Apartamentos Gorraiz y a lo que acudieron a la sala fue a asegurar que no recordaban nada, a falsear las cantidades que cobraron por la oporación y, en definitiva, a engañar al juez.
En el caso de Álvarez, si la juez de Aoiz que instruyó el caso no hubiera decretado el secreto de sumario, nosotros hubiéramos pedido su imputación como colaborador necesario en un delito de cohecho. A nuestro entender, esa figura delictiva quedó clara tras escuchar su testimonio.
- ¿Por qué cree que desistieron de seguir con el proceso el resto de acusaciones populares, me refiero en primer lugar a los concejos del valle y, en segundo, al ayuntamiento de Egüés?
Los concejos dieron tres razones y yo no tengo elementos para cuestionarlas: en primer lugar dijeron haber satisfecho sus aspiraciones con la celebración del juicio; en segundo lugar criticaron que se había tardado mucho en ponerlo en marcha y, en tercer lugar, argumentaron falta de liquidez para poder afrontar el proceso.
En cuanto a la rebaja de peticiones del ayuntamiento, ellos mismos han reconocido que se debe a un acuerdo alcanzado con la gente de Aricam por el cual el consistorio retiraba las acusaciones plantaeadas contra Galo e Izquierdo a cambio de que éstos retirasen las peticiones de indemnización que habían pedido. Es un acuerdo deontológicamente cuestionable, pero ellos sabrán porqué lo han hecho.
- ¿Intentó alguien comprar su silencio para que se retiraran del proceso?
Es difícil que lo consiguieran, sólo digo eso. Y más cuando sabemos que con fecha 26 de septiembre presentaron un escrito en el ayuntamiento para recalificar la parcela S.2.2.
- Es decir, que tienen la certeza de que hay un acuerdo para cambiar el destino que se dará a la S.2.2. ¿el ayuntamiento y Aricam han llegado a un acuerdo de permuta?
La parcela hoy sigue siendo escolar, pero sí, existe ese acuerdo y tiene fecha de 26 de diciembre. Según lo que hemos sabido, ese pacto incluye mantener una parte de la superficie de la parcela para construir oficinas para la venta, mientras otra parte Aricam la entrega al Ayuntamiento a cambio de unidades de aprovechamiento en otras partes del municipio.
- ¿Pero eso es poco menos que dar cobertura a toda la operación?
Es brindarles la ocasión a quienes han corrompido de recuperar una mala inversión y hacer negocio a costa de los intereses de los vecinos de Egüés. Es como el caso de Guenduláin, se están primando los intereses de los constructores por encima de los de la Administración Pública y ésta acaba perdiendo dinero para que los otros la ganen. Sería una vergüenza y por eso los actuales regidores de Egüés mantienen en secreto ese acuerdo.
De hecho, estamos convencidos de que si de este proceso sale una sentencia favorable a los intereses de Aricam, la permuta de los terrenos se realizará, sí o sí, inmediatamente, tanto la permuta como la recalificación de parte de la S.2.2.
- Servirá para algo toda la tramitación de este proceso, es decir, ¿cree que los corruptos toman nota y los corrompedores también?
Si pasa esto último de lo que estamos hablando, evidentemente no. Si hay una sentencia condenatoria también para los empresarios, las cosas cambiarán. Sin embargo la experiencia nos demuestra que los corruptores van diseñando cada vez sistemas más elaborados para tratar de ocultar sus fechorías, de ahí la importancia de estar cada vez más atentos.
lunes, 18 de mayo de 2009
El abogado famoso de Conchita Flores
Por cierto, el abogado se gastó en la entrevista 88,28 euros en una comida. No está mal para un menú de crisis. ¡Cuestión de justicia social!
Comienza semana decisiva contra los corruptos
Protagonistas en la Txistorra Digital
El Blog de la Txistorra Digital nos ha hecho una entrevista. En esa entrevista hablamos de nuestros objetivos y anunciamos que lo que ha comenzado como un blog, no tardará en ser una web. Seguiremos informando...
Por otro lado, queremos dar las gracias a la Txistorra por esta entrevista y por seguirnos día a día.
El que quiera saber más sobre nosotros lo puede hacer a través de nuestro correo electrónico lacorrupcionajuicio@gmail.com.

















