miércoles, 6 de mayo de 2009

UN JUICIO CONTRA LOS CORRUPTOS, PERO TAMBIÉN CONTRA LOS CORROMPEDORES

Imaginen que Francisco Correa, supuesto cerebro del caso Gürtel, sí ese que implica a altos cargos del PP en Madrid y Valencia por el cobro de comisiones a cuenta de contratos públicos, no se sentara en el banquillo de los acusados porque sólo se considera que recae en un delito de soborno el cobrador, es decir los políticos, y no el pagador, es decir el propio Correa..

Imaginen algo más mundano: la compra de partidos clave en la Liga de Fútbol Profesional, esos en los que un equipo se deja perder para favorecer los intereses del contrincante. Si no se sancionara tanto al que paga como al que cobra, la consecuencia sería una carta blanca para aquellos clubs pudientes cuyas amplias arcas se pueden permitir la capacidad de tentar a los modestos. Ellos nunca tendrían responsabilidad, sólo los que cobran. La única lectura posible es que la Justicia estaría amparando la máxima de que el dinero es el que manda.

Pues eso es precisamente lo que las defensas de cuatro de los siete acusados del caso Egüés (Emilio Izquierdo, Luis Galo Barahona, Concepción Flores y Jesús Marco) pretendían conseguir en la sesión inaugural de este proceso. Sólo quien ejerce la acción popular, Aralar en este caso, mantiene la acusación contra los cuatro como autores o colaboradores necesarios (en el caso de Marco) de un delito de cohecho. Izquierdo, Galo Barahona y Flores no cobraron por el negocio de la recalificación de los terrenos de la S.2.2. (parcela de uso escolar convertida en urbanizable por el concurso del ex alcalde de Egüés por UPN, Ignacio Galipienzo), pero sí pagaron las comisiones para que el delito urbanístico se produjera. En el caso de Izquierdo y Galo, directivos del Grupo Empresarial Aricam (GEA), compradores últimos de los 16.300,69 metros cuadrados de la S.2.2., más de 90.000 euros al ex alcalde de UPN; en el caso de Concepción Flores, propietaria entonces (2003) de Construcciones Flores, empresa que tenía la titularidad de la parcela de uso escolar, 150.000 euros que se repartieron el propio Galipienzo (138.000 euros) y su testaferro, José Luis Ruiz Bartolomé (12.000 euros).

Esos hechos están constatados no sólo en el auto de la jueza instructora de Aoiz que realizó la investigación del delito urbanístico (fechado en octubre de 2005 tras dos años de pesquisas), sino también en el dictamen de la Sección Primera de la propia Audiencia Provincial (de junio de 2007) por el que tres de los 10 imputados iniciales se libraban de los cargos que, no obstante, se mantenían en el resto de los casos.

Sobreseer la causa contra estos tres acusados (y contra Marco por ampliación) hubiera sido poco menos que despenalizar a quien ofrece y concreta dádivas a cargos políticos; hubiera sido como proclamar que sólo tienen responsabilidad penal los corruptos y no los corrompedores; hubiera sido, en definitiva, como dar carta blanca a que casos como el de Egüés, puedan reproducirse con total impunidad.


Lamentable papel del Fiscal Jefe, Javier Muñoz

Es entendible que las altas nóminas que cobran los abogados de estos cuatro acusados y, por extensión, las de las defensas de los otros tres imputados (el propio Galipienzo, su testaferro, José Luis Ruiz Bartolomé y la arquitecta municipal que avaló la operación, Nuria Alás), obliguen a solicitar al juez el sobreseimiento de los cargos que se les imputan (cohecho, con penas de hasta dos años y cuatro meses de cárcel y fuertes multas), lo que es más difícil de entender es que el ministerio público, representado en este proceso por el Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial, Javier Muñoz, también lo haga. Y es que Muñoz fue el primero en pedir la reprobación de la acusación popular, basando su argumentación en la supuesta falta de legitimidad de un partido político para ejercer tal función.

De su exposición ante el Tribunal podría deducirse que el jefe de los fiscales navarros en primer lugar no cree que los partidos políticos sean representantes de la ciudadanía y ello les otorgue legitimidad para actuar en defensa de los intereses de ésta y, en segundo lugar, parece que Muñoz entiende la personación de Aralar como una especie de usurpación de sus funciones. Y es que llegó a afirmar que la acción popular “altera el proceso” puesto que sólo responde a “intereses políticos” obviando que fue el concurso de esta acción, así como la ejercida en su día por los concejos del valle, el que impulsó la instrucción del caso.

Respecto a la usurpación de funciones, mantener que ya están personados en el juicio una acusación pública, la ejercida por él mismo, y una acusación particular, la que representa al Ayuntamiento de Egüés, y afirmar que ambas son las únicas con legitimidad para acusar (sólo señalan como posibles culpables a Galipienzo, Ruiz Bartolomé y Alás), supone poco menos que expresar con total prepotencia que su ministerio nunca yerra, además de cuestionar abiertamente, y no sólo para este caso, la figura de la acusación popular y el derecho constitucional que la sustenta.

La Justicia no debe ser un coto privado de egos, sino un foro en el que se juzguen hechos y se determinen responsabilidades y, desde luego, la exculpación directa de los corrompedores, no parece la manera más apropiada de erradicar una conducta tan execrable como la de la corrupción de la clase política. Sólo por eso, el fiscal debería haber defendido la legitimidad de un partido político para velar por el correcto funcionamiento de la Administración.

Habrá juicio.

Menos mal que el juez, Emilio Lavilla, pese a la presión que supone el posicionamiento en contra de la Fiscalía y de todas las defensas, entendió que la acusación popular debía seguir personada en el proceso. Al margen de interpretaciones jurídicas sobre la jurisprudencia (los abogados defensores se emplearon a fondo durante más dos horas citando hasta cinco sentencias diferentes para tratar de demostrar “lo injusto” de ser acusados por una acción popular), el magistrado entendió que la magnitud de los cargos, el hecho de que fueran diferentes a los que plantea la Fiscalía y, sobre todo, la argumentación de los mismos (basada en la instrucción del juzgado de Aoiz y en el dictamen de la Sala Primera de la Audiencia Provincial), justificaba no hacer efectiva la petición de recusación.

Las defensas de los siete acusados protestaron formalmente por esta decisión que estará plasmada en la futura sentencia. También lo hizo la acusación particular, que representa al Ayuntamiento de Egüés, y, como no, el omnipotente Muñoz que a ojos de este humilde observador, no pudo evitar una mueca de desagrado.

El resultado final es que, por suerte, este no será un juicio normal, porque por primera vez, se juzgara a los corruptos, pero también a los corruptores.

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El juicio, según las agencias

Las primeras crónicas de lo que ha ocurrido en el juicio durante esta mañana ya nos están llegando. Aquí tenéis la crónica según la agencia Europa Press.
Además, también podéis ver cómo ha dado la noticia Canal 6 con las imágenes de Ignacio Galipienzo entrando al Juzgado. No tienen desperdicio las explicaciones dadas por el fiscal durante la sesión de esta mañana.

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El juez acepta que Aralar ejerza la acción popular

¡¡¡Noticias frescas!!! El juez ha rechazado las alegaciones de la defensa de los tres constructores que pedían que Aralar no pudiera ejercer como acción popular. De esta manera y dado que ninguna otra parte pedía su acusación, hubieran quedado absueltos. Por lo tanto, los tres constructores, ex altos cargos de UPN y PP, seguirán sentados en el banquillo de los acusados.

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Corrompidos y corrompedores, por primera vez en el banquillo

Si algo tiene de novedoso este juicio es que por primera vez se sientan en el banquillo los presuntos corrompidos (Ignacio Galipienzo, su testaferro, la arquitecta municipal y el asesor legal), y los presuntos corrompedores, que son los constructores.
En Navarra ya hay un precedente como el Caso Huarte, que sólo llevó al banquillo a los corrompidos, pero los que pagaron al político no fueron ni siquiera juzgados.
En el Caso Egüés no ocurre lo mismo porque tanto el Ayuntamiento de valle de Egüés como Aralar han mantenido la acusación contra Flores y Aricam. Sin embargo, de forma sorprendente, el Ayuntamiento ha retirado la acusación a Aricam y los abogados de los constructores han pedido que Aralar no pueda ejercer la acción popular.

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Seguimiento de la prensa escrita

El Caso Egüés ha tenido eco mediático tanto en el Diario de Noticias, que fue el medio de comunicación que destapó la corrupción, como del Diario de Navarra, que ayer y hoy han continuado información e intentando lavar la cara de Galipienzo y sin ni siquiera nombrar que fue de UPN.

¿Alguien se acuerda que Sanz defendió a Ignacio Galipienzo?






Por otro lado, sorprende que el Ayuntamiento haya retirado la acusación a Aricam, algo que esperamos que el alcalde, curiosamente de UPN, aclare y explique los motivos.

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